Parlamentario angolino explica alcances de nuevas disposiciones que fueron aprobadas por la Cámara y que están contenidas en un proyecto de ley que refundió tres mociones parlamentarias destinadas a fortalecer los derechos de los consumidores.
El diputado Gonzalo Arenas explico que una vez promulgado el proyecto modifica la Ley N° 19.496, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores, se podrá “exigir que las conversaciones telefónicas sostenidas con los proveedores de productos y servicios, donde se planteen reclamos en contra de éstos, sean grabadas en su integridad”.
Arenas, quien preside la Comisión de Economía de la Cámara detalló que esta modificación que se introduce permitirá que al final de dichas conversaciones se deberá entregar al consumidor el número de registro pertinente. Para tales efectos, los proveedores estarán obligados a informar al inicio de la conversación este derecho y, luego, deberán preguntar al consumidor si desea ejercerlo.
Las grabaciones deberán ser guardadas por el lapso de 120 días a contar de la data de la conversación respectiva”, añade el texto remitido al Senado a cumplir su segundo trámite constitucional.
Contratos por escrito
el legislador indico además que el proyecto establece que “los actos y contratos sobre productos y servicios realizados por vía telefónica, se entenderán perfeccionados una vez que el consumidor manifieste, sea en forma verbal o por escrito, su voluntad de adquirir el producto o contratar el servicio”.
Agregó que “si la aceptación se verifica de manera verbal, el consumidor deberá identificarse con su nombre completo, número de cédula de identidad y domicilio. El proveedor deberá dejar constancia de este hecho. Sin perjuicio de lo anterior, en todo caso se requerirá la aceptación por escrito por parte del consumidor para reputar perfeccionado el acto o contrato, cuando éste se refiera a créditos ofrecidos en forma telefónica”.
Derecho a retracto
Además, los proveedores que apliquen esta modalidad de ventas (por teléfono) deberán remitir el contrato escrito al consumidor, el que tendrá derecho a retractarse, a contar del tercer día del envío del documento.
Al respecto, la iniciativa legal señala las siguientes obligaciones del proveedor:
“a) Al momento de la oferta, entregar al consumidor el número de registro de la operación realizada y la identidad de la persona que lo atendió.
“b) Dentro del plazo de siete días hábiles, contados a partir de la data de comunicación telefónica, deberá hacer llegar al consumidor el contrato por escrito del producto o servicio a que se refiere este artículo. Éste podrá estar disponible en las dependencias del proveedor para que el consumidor lo retire personalmente o deberá ser enviado al domicilio consignado en la conversación telefónica por algún medio en el que quede constancia inequívoca del hecho del envío y de su data.
“c) A contar del tercer día hábil siguiente a la fecha de envío del contrato a que se refiere la letra precedente, se contará el plazo para el ejercicio del derecho de retracto previsto en el artículo 3 bis de la presente ley.”.
Debate en la Comisión de Economía
Durante la discusión de la iniciativa legal en esta comisión, presentó reparos Guillermo Pickering, Presidente Asociación de Empresas de Telefonía Móvil, ATELMO, y ex subsecretario de Obras Públicas del Presidente Eduardo Frei y ex Subsecretario del Interior del Presidente Ricardo Lagos.
Gonzalo Arenas enfatizo que el Director del Sernac José Roa respaldó esta moción de los diputados, particularmente por extender el derecho a retracto. “este proyecto se origino en 2 mociones parlamentarias; por un lado de diputados del PPD-PS entre ellos Marco Enríquez-Ominami y que modifica la ley N° 19.496, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores, en orden a regular las formalidades del otorgamiento del consentimiento por parte de éstos en las ventas de bienes y servicios efectuados por vía telefónica; y otra de mi autoría junto otros diputados de la UDI y que prohíbe la contratación de créditos de consumo por teléfono.


